martes, 24 de marzo de 2015

Reforma del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral

Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral

Objetivos estratégicos de la reforma
Además, la reforma pretende lograr una mayor eficacia, eficiencia y transparencia en la gestión de los recursos empleados, así como coordinar a todos los actores y a las Administraciones públicos

Las 12 claves de la reforma

Nuevo enfoque, que sitúa a las empresas y a los trabajadores en el centro del sistema y busca más eficacia, coordinación y transparencia
  1. El nuevo modelo de formación profesional para el empleo será de aplicación a todas las Administraciones públicas.
  2. Los agentes sociales tendrán un protagonismo y liderazgo en la prospección, planificación y programación de la actividad formativa.
  3. Se desarrollará un sistema eficiente de observación y prospección del mercado de trabajo.
  4. Escenario de planificación estratégica plurianual, al objeto de diseñar una formación coherente con las necesidades, actuales y futuras, del tejido productivo y de los trabajadores.
  5. Se implantará la cuenta-formación que acompañará al trabajador a lo largo de su carrera profesional. 
  6. La tele-formación será un instrumento que permitirá dotar al sistema de mayor eficacia y flexibilidad.
  7. La formación en el seno de la empresa será clave y contará con la máxima flexibilidad en la gestión, incluida la posibilidad de impartición en la propia empresa. Su mayor penetración en la micro-PYME debe ser un compromiso de todos.
  8. La gestión de la formación de oferta se realizará en régimen de concurrencia competitiva entre centros de formación y, en el ámbito de la formación para desempleados, se pondrá en marcha el cheque-formación.
  9. Proceso de evaluación permanente que permitirá conocer, mucho mejor que ahora, el impacto de la formación en el acceso y mantenimiento del empleo.
  10. Garantía del principio de tolerancia cero contra el fraude: Unidad Especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
  11. Y nuevo régimen sancionador: imposibilidad para los beneficiarios de volver a trabajar para la Administración pública en el ámbito de la formación durante cinco años cuando hayan incumplido la legalidad.
  12. Desarrollo de un sistema integrado de información que garantice la trazabilidad de las acciones formativas y la coherencia y la actualización de toda la información

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